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Trámites para alquilar vivienda

[Artículo en colaboración]

El alquiler de viviendas cada vez está más extendido en España. Sin embargo, sigue siendo una práctica poco habitual en comparación con otros países de Europa. 

En España menos del 20% de la población vive en régimen de alquiler frente al 55% de Suiza o el 46% de Alemania.”

Los trámites para alquilar una vivienda son mucho más sencillos que adquirir una casa en propiedad. Aun así conviene valorar los siguientes aspectos previos a la firma del contrato para evitar sorpresas y disgustos posteriores:

La búsqueda de vivienda

A la hora de elegir la vivienda de alquiler debemos tener en cuenta diferentes variables  en función de las necesidades y posibilidades de las que disponemos como el tipo de vivienda (espacio, mobiliario, estado del inmueble…), el precio de alquiler que estamos dispuestos a pagar, su ubicación y comunicación y otros servicios que consideremos prioritarios.

Si el inmueble es antiguo es recomendable exigir al propietario una inspección técnica del edificio (ITE) para que sepamos con certeza en qué estado se encuentra el bloque y la vivienda que queremos alquilar. En función del resultado y del resto de variables podremos fijar una cantidad orientativa de alquiler.

El contrato de arrendamiento

Este contrato será el vínculo entre el arrendador y el arrendatario, y deberá contener la identidad de los contratantes, la identificación de la finca, la vigencia del mismo y la renta inicial. Además podrá incluir otras cláusulas pactadas entre ambas partes.

 

Solicitud de ayudas al alquiler

Existen diferentes tipos de ayudas al arrendamiento así como diferentes ventajas fiscales. El inquilino podrá deducirse las cantidades que abona en concepto de renta en la declaración del IRPF, y además existen otros tipos de ayudas directas en forma de subvención que se recogen en el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de viviendas 2013-2016.

El arrendador de la vivienda también puede acogerse a determinados beneficios fiscales por el arrendamiento. Entre otros, se aplicará un 60% de reducción del IRPF  por el rendimiento neto del que puede llegar al 100% si el inquilino tiene entre 18 y 30 años.

El proceso de alquiler de una vivienda

Una vez escogido el inmueble será necesario seguir los siguientes pasos para alquilarlo con todas las garantías:

1.- Paga y Señal. Es el importe que a veces se le puede exigir al futuro inquilino para reservar el inmueble. Este importe normalmente equivale a una mensualidad del alquiler y cuando se formaliza el contrato se convierte en parte de la fianza.

2.- Duración del contrato. Un aspecto fundamental en el alquiler de viviendas. El período mínimo obligatorio es de seis meses que se puede ampliar hasta un máximo de tres años. Transcurrido este tiempo, se puede pactar una duración superior.

Con la nueva normativa sobre el alquiler, el inquilino puede rescindir el contrato con un mes de antelación y siempre notificándolo debidamente al propietario.

3.- Pago de la fianza. La garantía que el propietario mantiene durante la vigencia del contrato. Se utilizará para hacer frente a los daños y desperfectos que puedan haberse producido durante el periodo de alquiler. Si no existen desperfectos, el importe se devuelve íntegramente al que fuera inquilino. Es el equivalente al importe de 1 mes de alquiler para todos los contratos de alquiler.

4.- Pago del mes en curso. En el momento de la firma del contrato el inquilino deberá abonar la primera mensualidad del alquiler.

5.- Garantía adicional. Se puede negociar con el propietario y supone una garantía de pago complementaria.

Francesc Subirats, licenciado en Comunicación Audiovisual por UIC y especializado en Social Media y Comunicación Corporativa en Internet.

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César Villasante