Si, se siguen dando casos en los que los anuncios patrocinados de Google Adwords, muestran nombres comerciales de marcas distintas a las del anunciante, concretamente marcas de la competencia.
Me sorprendió ver que algunas entidades financieras usaran el nombre de otras para atraer usuarios desde las páginas de búsqueda de Google, pero más me sorprende que después de varios meses, se sigan permitiendo tales prácticas.
La Política de marcas comerciales de Google Adwords aclara que se permite incluir en el anuncio la marca comercial de otra empresa siempre que la página de destino sea informativa o tengo como objeto la venta o distribución de productos y/ servicios de esa marca.
En Estados Unidos la legislación es muy clara y firme en este ámbito, pero en España es más laxa y los anunciantes se aprovechan de que ni Google ni el Tribunal de la Competencia se ocupen de ello.
Este es un ejemplo claro de esta situación de utilización de la marca de la competencia:
Captura de resultados de búsqueda en Google para la consulta "pisos altamira santander", el día 14 de abril de 2011.
En este caso, la página de destino ni informa sobre los productos o servicios de la marca mostrada en el título del anuncio, ni se dedica a comercializar viviendas de esa otra entidad financiera.
Simplemente usan esa marca para llamar la atención del usuario y dirigir tráfico a su propia web y a sus propios productos y servicios.
Considero que es una mala práctica que confunde y molersta al usuario, que busca algo concreto y se le redirige a una página con distinto contenido.
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