Carlos Mateu, de Promein, me hace llegar una respuesta a una consulta emitida por un cliente del despacho a la Dirección General de Consumo de Madrid sobre la validez o no del arbitraje en los arrendamientos de vivienda para reclamar rentas y/o desahuciar.

 

 

La Dirección General de Consumo de Madrid, a través de la Presidenta de la Junta Arbitral, alerta a los consumidores sobre la ilegalidad y no validez de este tipo de arbitrajes en los arrendamientos de vivienda.

 

 

Asociaciones de Arbitraje privado cómo la Asociación Europea de Arbitraje de Derecho y Equidad (AEADE) y la Corte Española de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad entre otras tantas, están fomentando la inclusión de este tipo de clausulas en los contratos de arrendamiento para de tal modo desahuciar y reclamar rentas en caso de impago por parte del inquilino.

 

 

La Dirección General de Consumo de Madrid señala que este tipo de cláusula es:

  • abusiva,

  • que puede dar lugar a la imposición de sanciones,

  • y que puede ser declarada nula por los tribunales ordinarios de justicia.

Según Consumo, se van a imponer importantes sanciones económicas a aquella empresa o particular que fomente y ofrezca este tipo de arbitraje en los arrendamientos de vivienda, a las partes del contrato de arrendamiento de vivienda para reclamar rentas y/o desahuciar.

 

 

Respuesta de la Dirección de Consumo a un particular, en relación a la cláusula de arbitraje (documento PDF).

 

 

Para más información:

PROTECCION MERCADO INMOBILIARIO, S.L. (PROMEIN)

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