Consejos antes de alquilar piso

[Artículo en colaboración]

Antes de poner el piso en alquiler hay que decidir si lo alquilamos amueblado o sin muebles; si lo alquilamos con muebles es mejor comprar muebles nuevos que poner los que tenía la abuela.

Se pueden comprar habitaciones enteras y salones muy baratos, a través de tiendas que los que han tenido de exposición, suelen ser muebles de calidad a mitad de precio, a veces tienen algún arañazo o alguna mancha por el uso pero muchas veces merece la pena.

Y si eres un manitas otra opción es comprar por internet los muebles desmontados, ahí te ahorras mucho dinero, vienen con instrucciones muy claras. También puedes comprar muebles de cartón. 

Comprueba que funcionan bien todos los grifos, radiadores, electrodomésticos, calentador del agua.

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Anuncio de piso en alquiler, publicado en AnuncioNeon.com

Si dejamos las gestiones en manos de una inmobiliaria nos ahorraremos mucho trabajo y seguramente muchos dolores de cabeza.

En algunas comunidades la inmobiliaria solo le cobra al arrendador la cuota de un mes mas el IVA; también pueden cobrarle la mitad a cada uno, mitad al arrendador y mitad al inquilino, en otras le cobran la mensualidad completa más el 21% de IVA a cada uno, arrendador e inquilino.

¿ Qué es lo que hace la inmobiliaria?

Busca al inquilino, la cantidad de personas a las que se les informa de que ese piso está en alquiler es mucho mayor que las que ven el anuncio en la calle,y se alquilará mucho antes, la inmobiliaria tiene fotos del piso y ya hace una criba del posible inquilino, el que por alguna razón lo quiera ese piso ya no hay que enseñárselo, si está interesado en ver el piso son los de la inmobiliaria los que se encargan de enseñarlo, así no hay que estar pendientes de ajustar agenda con el que quiere ver el piso.

Selecciona al inquilino, consultan alguna base de datos de inquilinos morosos,  solicita y reúne toda la documentación necesaria para asegurarse de que es un inquilino solvente, le pide un aval bancario, nóminas de los últimos tres meses y comprueba de que toda esta documentación sea real.

Asesora sobre el precio de la renta, ellos más que nadie saben lo que se puede pedir por el alquiler de tu piso ya que conocen perfectamente el mercado.

Asesora sobre el contrato de alquiler, aunque parece una cosa sencilla hay que hacer las cosas bien, un contrato mal redactado o no cumpliendo las leyes puede ser un problema para el propietario, ellos siempre están al día de las últimas actualizaciones, por ejemplo en junio de 2013  se aprobó Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler de Viviendas cuyo objetivo principal es flexibilizar el mercado del alquiler y modificar algunas de las condiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos, ahora se da mas libertad a los pactos entre las partes*.

– Realiza el cobro de la mensualidad si esta no se hace por transferencia bancaria, esto se hace mucho en pisos alquilados por estudiantes o por varias personas, cada uno pone su parte y luego pagan la mensualidad completa en la inmobiliaria.

Gestiona el seguro de alquiler, para evitar y solucionar situaciones de impago

Cobro de los recibos del agua, luz, gas,… Es muy cómodo si no quieres dar de baja los suministros ya que al darlo de alta las empresas suministradoras cobran.

Difusión del piso en alquiler en medios de comunicación, internet y redes sociales el piso.

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* La Ley muestra algunas modificaciones con respecto a la anterior:

Cambia la duración del contrato, pasando a ser de tres años en lugar de cinco y la prórroga del contrato de año en año.

El arrendador puede recuperar el piso para destinarlo a primera vivienda en algunos casos. El inquilino puede dejar el piso avisando con un mes de antelación.

El arrendatario le pide al inquilino un mes de fianza que se debe ingresar en el organismo oficial de cada Comunidad Autónoma asigne para eso, si no se hace así se comete una falta administrativa que es sancionable.

El arrendatario también puede pedirle al inquilino un aval bancario, en caso de que este deje de pagar será el banco el que se haga cargo de pagar, según la nueva Ley con un mes de retraso ya se puede considerar moroso.

La cuota de alquiler suele ser mensual y el arrendatario tiene que darle un recibo al inquilino por el pago de la mensualidad a no ser que el pago sea por el banco.

Antes de firmar el contrato hay que dejar muy claro quien paga los recibos de comunidad, los gastos de basura y el recibo del IBI, en caso de que los pague el inquilino hay que reflejarlo en el contrato de alquiler, indicando las cantidades anuales, si no se pone en el contrato esos gastos los paga en arrendatario.

Los demás gastos por servicios y suministros agua, luz, gas,… los pagará el inquilino. Pero desde junio del 2013 el arrendatario tiene que tener un certificado energético del inmueble, que hay que presentar al inquilino para que este calcule los gastos de electricidad y gas que tendrá que afrontar

El inquilino tiene el deber de cuidar la vivienda y de ocuparse de las pequeñas reparaciones, tiene que devolver la vivienda en el mismo estado que se la entregaron, teniendo en cuenta el paso del tiempo.

El propietario tiene que hacerse cargo de las grandes reparaciones, siempre que no sean provocadas por el inquilino.

Es recomendable tener un seguro de la vivienda, el propietario siempre debe de tener uno, pero este seguro no cubre al inquilino, si ocurriese algún desperfecto causado por culpa del inquilino el seguro del propietario no le cubre, por ejemplo si el inquilino se deja un grifo abierto y estropea los techos de los vecinos del piso de abajo, el seguro del propietario no lo cubre ya que en esos casos sólo cubre al tomador del seguro.

Descargar el modelo de contrato de alquiler de vivienda >>

Javier Campos
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